Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/360833
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 751
HIPOTECA, DERECHO DEL ACREEDOR EN CASO DE INSUFICIENCIA DE LOS BIENES HIPOTECADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 751
Conforme a la legislación de Sonora, un acreedor que, en ejecución de la sentencia dictada en su favor en el juicio promovido para el pago de su crédito, tiene conocimiento, por el avalúo de los bienes secuestrados o sujetos a cédula hipotecaria, que éstos no bastan para cubrir el crédito reclamado, tiene derecho para solicitar y obtener la ampliación del embargo sobre otros bienes del deudor, sin que por ello resulte conculcado el artículo 1843 del Código Civil de esa entidad. No es exacto que el acreedor que se encuentra en las condiciones expresadas, esté obligado a intentar un nuevo juicio en reclamación de la diferencia que resulte en el precio obtenido en el remate de los bienes hipotecados y el monto de su crédito, pues se encuentra legalmente capacitado en ejercicio de la acción personal correspondiente, o mejor aún, por la que se deriva de la sentencia en su favor, para solicitar la ampliación del embargo sobre otros bienes del deudor, aun cuando éstos no hayan sido gravados en la escritura constitutiva del crédito.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6262/33. Castanedo Manuel, sucesión de. 24 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.