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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360835
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 761
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, NUDA PROPIEDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 761
Si una persona extraña a un procedimiento judicial comprueba que en aquél se embargaron bienes cuya nuda propiedad le pertenece, y que con dicho acto se trata de privarla de aquel derecho, sin haber sido oído ni vencido en juicio, procede concederle el amparo, por violación de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5845/33. Cristerna Carmen y coagraviados. 24 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.