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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1067
ABOGADOS, REGISTRO DE LOS TITULOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1067
La obligación que se establezca de registrar los títulos de abogados en el Tribunal Superior de Justicia de un Estado, no priva a los interesados del ejercicio de su profesión, y sólo les impone que llenen determinados requisitos del orden administrativo; satisfechos los cuales, quedan expeditos para el ejercicio de su profesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 171/34. Galindo Francisco. 31 de mayo de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Joaquín Ortega y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.