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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360875
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1210
QUIEBRA Y LIQUIDACION JUDICIAL, COMPETENCIA EN CASO DE PLURALIDAD DE DOMICILIOS DEL FALLIDO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1210
En caso de que existan varios domicilios del fallido, y éste se haya acogido al beneficio de liquidación judicial, en uno de dichos domicilios, y en el otro de estos, sus acreedores promovieron la declaración de quiebra, si las leyes respectivas de las entidades donde están esos domicilios, establecen la competencia en el caso de pluralidad de domicilios, para el Juez que elija el actor, debe declararse competente al Juez ante cuya jurisdicción los acreedores promovieron la quiebra, y no al funcionario ante el cual fue solicitada la liquidación judicial.
Precedentes
Competencia 591/33. Suscitada entre los Jueces Noveno de lo Civil de la Ciudad de México y Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil de Torreón, Coahuila. 5 de junio de 1934. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.