Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/360885
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360885
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1314
LETRAS DE CAMBIO, PROVISION DE FONDOS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1314
El artículo 470 del código mercantil autoriza que la provisión de fondos en las letras de cambio, se haga mediante crédito que el aceptante conceda al girador.
Precedentes
Recurso de súplica 101/33. López viuda de Quesada Guadalupe. 7 de junio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega, no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.