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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1419
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1419
Si en un juicio de amparo presenta el quejoso una copia certificada de un acta notarial, de la que aparece que dos testigos declaran que les consta que el expresado quejoso es dueño y está en posesión de un bien inmueble, por habérselo entregado otra persona, juntamente con los títulos del propio inmueble, no demuestra legalmente esa posesión, tanto porque los testigos no depusieron ante el mismo Juez de Distrito y, por tanto, esa prueba testimonial carece de los requisitos exigidos por la ley para hacer prueba contra terceros, como porque si la referida acta notarial es de fecha posterior a la promoción del juicio de amparo, ninguna eficacia probatoria puede concedérsele a tal documento; sin que tampoco obste el que, de una copia certificada, aparezca que los requisitos del inmueble de referencia, digan que estaban al corriente en el pago de sus respectivos arrendamientos, porque hacían entrega de su importe al quejoso; pues esto no podrá constituir una presunción de que aquél se encontraba, efectivamente, en posesión del inmueble, si dichos inquilinos no indican por qué motivo pagaban las rentas al interesado, si por derecho propio de él, o en representación de otra persona.
Precedentes
Amparo civil en revisión 442/34. Avalos Julio. 9 de junio de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.