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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1431
QUIEBRA, CUANDO DEBE NEGARSE LA SUSPENSION CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1431
El procedimiento de quiebra debe reputarse de orden público; razón por la cual, la suspensión del acto reclamado debe negarse, si con ella se entorpeciere dicho procedimiento, con daño o menoscabo de los intereses fiscales.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 11452/32. Banco de México, S. A. 9 de junio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.