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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1536
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1536
Conforme a la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, contra las acciones derivadas de un título de esa especie pueden oponerse diversas excepciones, entre las que no figura la falta de protesto, puesto que el artículo 76 de la citada ley, no hace mención de ese requisito. Por otra parte, la omisión de la época y del lugar del pago, no son requisitos de existencia del documento cambiario, puesto que la misma ley previene que cuando faltan, dan lugar a que las letras se entiendan giradas al domicilio del girador y a la vista.
Precedentes
Amparo civil directo 4171/33. Martínez Ruiz Rafael. 13 de junio de 1934. Mayoría de tres votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.