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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1658
COSTAS, CUANDO PROCEDE LA CONDENA EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1658
No es suficiente para condenar en costas, que no sean objetadas las partidas presentadas en la planilla respectiva, sino que es necesario que los servicios profesionales sean comprobados por las actuaciones mismas del juicio correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1119/34. Torre J. Jesús de la. 4 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.