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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1671
INSPECCION JUDICIAL, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1671
De acuerdo con el artículo 1295 del Código de Comercio, la prueba de inspección judicial practicada en la contabilidad, en libros debidamente autorizados, hace prueba plena; tanto más, si la parte contraria no presenta su contabilidad, a pesar de que se le haya requerido para hacerlo.
Precedentes
Recurso de súplica 169/33. Ingenio "Santa Fe", S. A. 4 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.