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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1919
MULTA A LOS JUECES COMPETIDORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1919
Si la Suprema Corte estima que no hay temeridad notoria de parte de los Jueces contendientes, no ha lugar a imponer la multa a que se refiere el artículo 53 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Competencia 38/34. Suscitada entre los Jueces Noveno de lo Civil de la Ciudad de México y de Primera Instancia de Acámbaro, Guanajuato. 9 de julio de 1934. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.