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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2287
LEY DE INQUILINATO EN YUCATAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2287
Si un contrato de arrendamiento en Yucatán, se prorroga porque una vez concluido, siga el arrendatario en el goce de la finca arrendada, con el consentimiento del arrendador, no es anticonstitucional aplicar, para el monto de las rentas, lo que dispone la Ley de Inquilinato del Estado, aun cuando el contrato primitivo haya sido celebrado antes de la vigencia de esta ley.
Precedentes
Amparo civil directo 296/25. Herrera Mauro. 20 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.