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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2489
LANZAMIENTO, POSESION PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2489
Si se reclama en amparo el auto que manda requerir a los quejosos, para que desocupen los terrenos que ocupan, si en el momento de la diligencia no acreditan estar al corriente en el pago de sus rentas, apercibiéndolos de lanzamiento, y los propios quejosos se ostentan como poseedores a título de dueños y no como inquilinos, y no demuestran ser poseedores en calidad de dueños, sino sólo que los ocupan y trabajan, el amparo debe negarse puesto que el artículo 14 Constitucional garantiza, no la simple tenencia de una cosa, sino la posesión con un título legal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 10039/34. Alvarez Sergio y coagraviados. 24 de julio de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Joaquín Ortega y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.