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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2559
COMPRAVENTA DE BIENES RAICES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2559
De acuerdo con el código vigente en el Estado de México, la venta de bienes raíces no produce efectos con relación a tercero, sino después de registrada, disposición que es aplicable, cualquiera que sea el valor del inmueble, pues el citado código, no hace distinción alguna cuando se trata de escritura pública o de documento privado.
Precedentes
Recurso de súplica 120/33. Velázquez Luis G. 26 de julio de 1934. Mayoría de tres votos. El Ministro Joaquín Ortega no votó en este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.