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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2850
COSTAS, CUANDO EL AMPARO ES IMPROCEDENTE CONTRA LA CONDENACION EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2850
Si el amparo se declara improcedente respecto de una sentencia, también lo es respecto a la condenación en costas, ya que, aun cuando ese acto puede ser de ejecución, no es posible estudiarlo en la vía de amparo; pues para esto sería preciso determinar, previamente, si la sentencia en que se hizo la condenación, es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5358/33. Hirshhorn Henry. 4 de agosto de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.