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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2864
ABOGADOS, COSTAS DE LOS, EN NEGOCIOS PROPIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2864
La misma razón que existe para condenar en costas cuando el que obtiene es patrocinado por un abogado titulado, la hay para hacer esa condenación cuando el interesado lleva, por sí mismo, la dirección de su negocio, ejerciendo la profesión de abogado, puesto que es inconcuso que se halla en iguales condiciones que el abogado procurador de otra persona, y sus trabajos deben ser indemnizados, independientemente de su condición de gestor en negocio propio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 127/33. González Vega Francisco. 4 de agosto de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.