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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
361103
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3602

NOTIFICACIONES POR EL BOLETIN.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3602

Precedentes

Amparo civil en revisión 3854/33. Weimberg Max. 25 de agosto de 1934. Mayoría de tres votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXXVII, página 1321. Amparo civil en revisión 4773/27. Orozco Juan Antonio. 6 de marzo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo XXXVII, página 1321, esta tesis apareció publicada bajo el rubro "NOTIFICACIONES POR EL BOLETIN, EN EL DISTRITO FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 361103