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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 82
PRUEBA PERICIAL, ESTIMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 82
Si bien es cierto que los peritos no pueden sustituir su criterio al del Juez, para obligarlo a fallar conforme a sus dictámenes, también lo es que este funcionario no puede desechar sin motivo la prueba pericial, tanto más, si la misma se ajusta a las prescripciones legales y el demandado no la objeta en forma alguna.
Precedentes
Amparo civil directo 587/33. Pérez Mata viuda de Cardoso Aurelia. 5 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.