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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
361155
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 202

INSTITUCIONES DE CREDITO, ESTAN OBLIGADAS A OTORGAR FIANZA Y CONTRAFIANZA EN EL AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 202

Precedentes

Queja en amparo civil 115/33. Marure de Padrós Concepción. 8 de enero de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XL, página 4211. Indice Alfabético. Queja en amparo civil 255/32. Villarreal Elías R. 8 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 361155