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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 219
ACCION HIPOTECARIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 219
La acción hipotecaria es una acción real, como expresamente lo consigna la fracción IV del artículo 3o. del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, y así, esa acción es persecutoria de la cosa hipotecada, pues como decían los jurisconsultos romanos para hacer resaltar la íntima relación entre la acción hipotecaria con la cosa hipotecada objeto de ella, la cosa es la obligada; por tanto dicha acción, solamente puede intentarse contra el poseedor de la cosa, según lo previene expresamente el artículo 4o. del código citado.
Precedentes
Amparo civil directo 2414/31. Zugasti Aurelio. 9 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.