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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 312
LEGATARIOS, LIMITACION A LOS DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 312
Si de acuerdo con la cláusula de testamento, el usufructo dejado a una persona, se encuentra limitado por la obligación única de atender al sustento y educación de los hijos del testador, en la forma que parezca conveniente al legatario, es claro que la ejecución de la sentencia recaída en un juicio que sobre alimentos haya seguido contra aquél un hijo del testador, no puede ser violatoria de garantías, ya que el propio testador limita el usufructo de legatario al cumplimiento de la condición señalada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1392/33. G. viuda de Padilla Luisa. 12 de enero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.