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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 376
COSTAS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 376
Si la sentencia que se dicte en súplica, es conforme de toda conformidad con la de segunda instancia, y el suplicante no obtuvo en la primera, procede condenarlo al pago de las costas del recurso de súplica.
Precedentes
Recurso de súplica 172/33. García Pascual. 13 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.