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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361186
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 382
NULIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 382
Si se alega la nulidad de lo actuado, por falta de notificaciones, y fue desechada de plano esa nulidad por resolución que causó estado, por no haberse interpuesto recurso alguno, ningún agravio se ha causado.
Precedentes
Recurso de súplica 13/33. Galván José L. 13 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.