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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 381
LETRAS DE CAMBIO, EXCEPCIONES CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 381
Si se alega que la excepción de falsedad de una letra de cambio consistente en la inexistencia de los requisitos esenciales de la misma letra, lo que trae consigo la nulidad del acto o de la letra, y que si se desecha tal excepción se causa agravio al interesado, debe tenerse en consideración que no es procedente tal agravio en virtud de que conforme al artículo 491 del Código de Comercio, si el demandado es el aceptante de la mencionada letra de cambio, únicamente puede oponer como excepción, la falsedad de la repetida letra.
Precedentes
Recurso de súplica 13/33. Galván José L. 13 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.