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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361209
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 492
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 492
Siendo la procedencia del amparo, cuestión de orden público, los Jueces Federales deben resolver preferentemente sobre ella.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3614/33. Evers Susana Magdalena. 17 de enero de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Pérez Gasga y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.