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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 603
ACCION REIVINDICATORIA, TRATANDOSE DE TIERRAS DADAS EN EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 603
Si los vecinos de un pueblo prueban que se encuentran en posesión de unos terrenos en virtud de un acto legítimo de autoridad y que no se posesionaron de ellos por medio del despojo, sino que el presidente del comité particular administrativo del pueblo, recibió esos terrenos de las autoridades encargadas de cumplimentar la resolución presidencial dotatoria, para entregárselos a dichos vecinos, falta el segundo elemento de la acción reivindicatoria, o sea la posesión controvertida del inmueble, por la parte actora.
Precedentes
Amparo civil directo 542/32. Vergara Felipe y coagraviados. 20 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.