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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 602
ACCION REIVINDICATORIA, TRATANDOSE DE TIERRAS DADAS A EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 602
Si para comprobar el primeros de los elementos de una acción reivindicatoria, o sea el relativo a la propiedad del inmueble que se trata de reivindicar, se exhibe una escritura de compraventa celebrada con posterioridad a la solicitud hecha para que se considera una dotación de ejidos a un pueblo, y a la resolución presidencial que la otorgó, así como a la diligencia en que se le dio posesión de los mismos, la compraventa carece de todo efecto legal y de eficacia para otorgar el dominio a los compradores y debe reputarse nula, por haberse celebrado contraviniendo las disposiciones de orden público que informan las leyes agrarias, y porque la resolución presidencial dotatoria, implica de todo derecho, la expropiación de las tierras afectadas, y los propietarios de las mismas no pueden venderlas, porque ya no están capacitados para disponer libremente de esos bienes, y en tal virtud resulta que no queda comprobada debidamente la propiedad sobre el inmueble cuya reivindicación se pretende.
Precedentes
Amparo civil directo 542/32. Vergara Felipe y coagraviados. 20 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.