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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 874
REGISTRO PUBLICO, INSCRIPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 874
El Registro Público de la Propiedad es una oficina destinada a consignar las modificaciones que se ofrecen en la propiedad, en la posesión o en el goce de bienes inmuebles o de derechos reales impuestos sobre ellos, con el fin de dar la mayor publicidad posible a tales modificaciones para favorecer así los intereses de terceros y evitar los perjuicios que en su contra resultaren, en caso de ignorar la verdadera situación jurídica de un inmueble o de un derecho real. En esa virtud si en una escritura de hipoteca aparece que al celebrarse el contrato hipotecario de un inmueble para garantizar determinada cantidad de dinero recibido en calidad de mutuo, consta en el certificado de gravamen que se inserta en dicha escritura que fue presentada anteriormente para su registro una acta de embargo sobre el mismo inmueble, con motivo de un juicio ejecutivo civil promovido en contra del mismo propietario, resulta que el acreedor al otorgar el expresado contrato, tuvo perfecto conocimiento de que el inmueble se encontraba sujeto a secuestro judicial, y siendo por tanto notoria la prelación en el registro del crédito precedente del embargo, respecto del relativo al constituido por la hipoteca es infundado el agravio que se funde en ese hecho.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2524/33. Gómez de Sanguiano Margarita. 26 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.