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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1606
ALBACEA, PUEDE DESISTIR DEL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1606
Si el albacea de una sucesión desiste del juicio de amparo que promovió contra una sentencia dictada en juicio seguida contra la sucesión, debe admitirse el desistimiento y sobreseerse, por ser facultad de las partes en el juicio, el desistirse de las acciones que en el mismo hubieren intentado.
Precedentes
Amparo civil directo 1886/33. Salazar Francisco, sucesión de. 17 de febrero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.