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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1632
AGRAVIOS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1632
No debe tomarse en consideración en la sentencia de amparo, el agravio que se hace consistir en un hecho que no se expresó en la demanda ni se probó en el juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3713/33. Salazar Francisco. 19 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.