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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2063
GASTOS EN JUICIO DE MENOR CUANTIA, PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2063
Si en un juicio seguido ante un Juez de Paz de esta ciudad sobre pago de pesos, es condenado al demandado a pagar los honorarios de un perito valuador y del depositario que intervinieron en dicho juicio, sin haber sido condenado en los gastos del propio juicio, sino únicamente en el importe de la suerte principal, resulta que si se pretenden hacer efectivos al demandado los gastos erogados en la ejecución de la sentencia dictada en contra del interesado y no durante el juicio sino ya en el periodo de ejecución, como de acuerdo con el artículo 22 del título especial del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal, los gastos de ejecución son a cargo del condenado, no hay violación alguna de garantías; sin que obste que el embargo respectivo no hubiese sido inscrito en el Registro Público de la Propiedad; si la diligencia de secuestro se practicó y aparece que el señalamiento del inmueble lo hizo el propio interesado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3549/33. Vélez Goribar Faustino. 28 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.