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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2273
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2273
Si la ley exige que los interrogatorios directos que se formulan a los testigos, se presenten con dos días de anticipación de la audiencia, es para que pueda tener conocimiento de ellos la contraparte y hacer repreguntas del caso; así es que la víspera de la audiencia se presentan las copias de los interrogatorios y la contraparte asiste a la audiencia, tiene conocimiento de los interrogatorios y formula repreguntas, es evidente que la citada irregularidad no le puede causar agravio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2721/33. Osnaya Luis. 6 de marzo de 1974. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.