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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2471
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2471
Cuando la declaratoria de incompetencia sea hecha antes de celebrarse la audiencia constitucional en el juicio del amparo, para decidir la competencia que pueda surgir entre diversos Jueces de Distrito, deben tomarse los actos reclamados tal como han sido planteados en la demanda; pues de lo contrario, se privaría a la parte agraviada del derecho de rendir prueba contra el informe negativo de una autoridad responsable.
Precedentes
Competencia 72/34. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Sinaloa y Sonora. 12 de marzo de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.