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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2709
ARRENDAMIENTO, EFECTOS DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2709
Si en un juicio verbal promovido en contra del fiador de un contrato de arrendamiento, por el importe de varios meses de renta que debió pagar el inquilino, es exhibido con la demanda dicho contrato, prueba éste no sólo la existencia del mismo, sino también las obligaciones contraídas por inquilino, y, por lo mismo, es bastante por si sólo, para tener por demostrada la acción, ya que del expresado contrato se deriva el derecho del propietario para reclamar las rentas a que se refiere ese documento; y la acción únicamente podría ser destruida en el caso de que el demandado demuestre que el inquilino no ocupó la casa arrendada, durante el término por el que se cobren las rentas, porque ya las hubiese pagado, y si no consta que se haya hecho esa demostración, es incuestionable que la parte actora cumplió con la obligación que tenía de probar los elementos de su acción exhibiendo el mencionado contrato y, en consecuencia, si se declara lo contrario, se violan las garantías consignadas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil directo 1910/29. Hernández viuda de Canalizo María. 20 de marzo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.