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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2936
REIVINDICACION, PRUEBAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2936
No es necesario que el actor en un juicio reivindicatorio demuestre que determinada oficina de contribuciones no tenía jurisdicción sobre terrenos ubicados fuera de su esfera de acción territorial, ya que esa jurisdicción proviene de la ley, y menos cuando la ley vigente en la época en que se efectuó el registro de un inmueble, no atribuía a dicha oficina jurisdicción alguna sobre terrenos que dependían de otra, y el hecho de la falta de registro del mismo dentro de aquélla, no implica que no lo estuviera dentro de la que le correspondía, a más de que la declaración de testigos sobre que ignoraban que existiera alguna persona propietaria del inmueble cuestionado, no es bastante para reputar un bien como mostrenco, ya que la simple ignorancia de un hecho nunca comprueba la inexistencia del mismo.
Precedentes
Amparo civil directo 3937/28. Compañía de Hipotecas y Préstamos, S. C. de R. L. 2 de abril de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.