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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361477
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3143
TESTIGOS INHABILES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3143
Aun cuando la persona que tiene interés en un juicio no sea testigo hábil, en los términos de la fracción I del artículo 347 del Código Federal de Procedimientos Civiles, semejante interés debe ser de tal naturaleza, que anule la imparcialidad del testigo, lo que no ocurre por el hecho de que el mismo haya promovido un juicio de amparo similar a aquel en el cual depone, y esta circunstancia no le inhabilita para declarar, desde el momento en que lo resuelto en un amparo, no puede producir efecto en el otro.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1221/33. Zúñiga Luis. 7 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.