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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3194
LANZAMIENTO EN CASO DE EXISTIR DOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3194
Si se reclama en amparo una orden de lanzamiento, y se comprueba que el quejoso celebró el contrato de arrendamiento con el depositario judicial nombrado; y no se ha demostrado que el arrendatario anterior haya desocupado la finca, debe tenerse a éste como tal, para los efectos del amparo; y claro es que si la parte quejosa no demostró la posesión de hecho, de la finca, no procede concederle la protección federal, contra el desposeimiento de que se queja.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4272/33. Sarzo viuda de Carabias Amelia. 9 de abril de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Joaquín Ortega y Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.