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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3434
MEDIOS DE APREMIO, APLICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3434
No es verdad que conforme a la ley, los Jueces, para hacer cumplir sus determinaciones deban imponer, por su orden, los medios de apremio que establece la ley procesal civil, ya que la propia ley deja a su criterio la aplicación de los que estime más adecuados para hacerse obedecer.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5158/33. Iza José. 14 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.