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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3926
LEY DE FRACCIONAMIENTO AGRARIO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, SUSPENSION DE JUICIOS CONFORME A LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3926
La suspensión de los juicios ordenada por los artículos 27 y 28 de la Ley de Fraccionamiento Agrario del Estado de San Luis Potosí, no rige para todo caso de fraccionamiento de haciendas, sino sólo aquellos que fueron especialmente determinados en la ley, es decir, la suspensión sólo opera cuando el fraccionamiento es forzoso, según las leyes agrarias; así es que si una finca que reporta gravamen hipotecario no debió haberse fraccionado, en razón de que su extensión es inferior a la que la ley fija, o por otro motivo, el juicio puede continuarse hasta su conclusión, sin que por ello se infrinjan los citados artículos.
Precedentes
Amparo civil directo 13293/32. Fernández Galán Carlos. 28 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.