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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3985
CEDULA HIPOTECARIA, EFECTOS DE LA FIJACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3985
De acuerdo con el artículo 993 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, los efectos de la fijación de una cédula hipotecaria, son los de que no se practique en el inmueble sujeto a la misma, ningún embargo, toma de posesión, diligencia precautoria o cualquiera otra que perjudique los derechos adquiridos por el acreedor hipotecario, por lo que la orden de una autoridad judicial para asegurar esos bienes, en garantía de los intereses de la masa de acreedores de la quiebra, del deudor hipotecario, dando posesión de los mismos al síndico respectivo, es indudable que vulnera la disposición legal citada, y, consiguientemente, las garantías constitucionales respectivas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5432/33. Cañedo Alfonso. 30 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.