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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 324
REMATES, AGRAVIOS IMPROCEDENTES CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 324
Si en un juicio ejecutivo mercantil, no se recurre dentro del término fijado por la ley, el auto en que se cita a las partes para remate, causa ejecutoria, y la autoridad responsable obra con entera justificación declarando improcedente el agravio que se hace valer, fundándose en ese concepto.
Precedentes
Amparo civil directo 2795/33. Rosales Cipriano y coag. 18 de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.