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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361589
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 382
PRENDA SOBRE FRUTOS NO PRODUCIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 382
Si en virtud de un contrato de refacción, el refaccionante se obliga a suministrar los gastos que demanda la administración de una finca, pero a condición de que se le pague el anticipo que hiciere en cada año agrícola, con el producto de las cosechas del mismo, es claro que tiene indiscutible derecho de prenda, no en frutos futuros o inexistente, sino tan pronto como los mismos se produzcan.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3582/29. Avila Leovigildo. 19 de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.