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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 510
DAÑOS Y PERJUICIOS, DEBEN PROBARSE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 510
Si ninguna prueba se rinde para justificar la existencia y monto de los daños y perjuicios, debe absolverse al demandado de la reclamación que por tal concepto se formule.
Precedentes
Recurso de súplica 240/32. López Manuel L. 22 de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.