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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 896
RENTAS, A QUIEN INCUMBE LA PRUEBA DE SU PAGO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 896
Si se pide la rescisión de un contrato de arrendamiento por falta de pago de rentas y se exhibe el contrato, éste es la prueba de la existencia de la obligación del inquilino, de pagar las rentas y del derecho del actor, para exigir aquéllas; y si el demandado afirma haber hecho el pago, a él incumbe demostrar ese hecho; sucediendo igualmente si se niega la demanda, ya que esa negación constituye la afirmación de asegurar que se ha verificado dicho pago.
Precedentes
Amparo civil directo 3934/29. Mexican Manjak Company, S.A. 7 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.