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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1186
LANZAMIENTO Y REQUERIMIENTO (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1186
Si bien es cierto que la Suprema Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que no cabe el juicio de amparo contra las providencias de requerimiento y de lanzamiento, decretadas en un juicio de desocupación, por falta de pago de rentas, en virtud de que tales actos no privan de defensa al quejoso, ya que la ley le da derecho a oponer excepciones y rendir pruebas para que en la sentencia definitiva, si se resuelve no haber procedido el lanzamiento, se restituya al demandado en el goce de la cosa arrendada, también lo es que esta misma Suprema Corte ha resuelto que, por no existir en la legislación civil de Coahuila, disposición correlativa del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que permite al inquilino hacer uso de sus derechos dentro del juicio de desocupación, en tal forma que el acto reclamado pueda ser reparado, debe conceptuarse que el acto es de imposible reparación, y por tanto es procedente el amparo en su contra, conforme al artículo 107, fracción IX de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1431/33. Rodallegas Francisco L. 16 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.