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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1366
PETICION DE HERENCIA, ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1366
Siendo la acción de petición de herencia, de naturaleza real, debe ejercitarse en contra de todas las personas que aparezcan como titulares de un bien hereditario; para que, restituyéndolo a la sucesión, se haga una nueva liquidación de la misma, considerando a los demandantes, y no contra uno sólo de aquéllos, a quien no puede imponerse la obligación de restituir solo, las porciones de los demás herederos, con su propio haber.
Precedentes
Amparo civil directo 2284/28. Guerrero Ismael I. 20 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.