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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1395
POSESION, PRUEBAS SOBRE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1395
Si el quejoso justifica en el amparo: tener en arrendamiento una finca; que la autoridad correspondiente le concedió licencia para establecer un comercio en la propia finca y que paga el impuesto respectivo, existe en su favor la presunción de que lo que se encuentra dentro del local arrendado, está poseído por el propio quejoso; y el embargo practicado en bienes que se encuentren en dicho local, en juicio en que no es parte el quejoso, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1729/33. Morales Josefa. 21 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.