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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361713
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1562
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1562
Si por medio de declaraciones de testigos, se demuestra que el interesado ocupó un inmueble, queda debidamente comprobada la posesión del mismo, sin que obste el que se alegue que tal ocupación no fue pacífica, sino violenta, pues aparte de que esto no desvirtuaría el hecho mismo de la posesión, quedarían expeditas sus acciones a quienes tuvieran derecho de ejercitarlas, para intentar el interdicto de recuperar la posesión o cualquiera otra pertinente, y sin que tampoco sea obstáculo el que se alegue que el mismo inmueble está ocupado por otras personas, pues tal circunstancia, a lo sumo, demostraría que el interesado no había tomado íntegramente posesión del citado inmueble; pero de ningún modo serviría para que ese ocupante perdiera los derechos adquiridos con su ingreso a la finca, de la cual sólo podría ser lanzado por los medios legales ordinarios, oyéndolo y venciéndolo en el juicio respectivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4451/30. Orozco Alejandra. 26 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.