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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2042
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS, ALCANCE DEL ARBITRIO JUDICIAL EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2042
El arbitrio judicial para imponer correcciones disciplinarias, no llega hasta el extremo de no fundar y motivar la aplicación de una de esas correcciones; no es bastante fundarla en la existencia de una ley aplicable al caso, sino que se necesita, además, motivarla, señalando la causa que existe para la imposición de la corrección disciplinaria, pues de otra manera, no habría recurso legal para remediar un acto de esa naturaleza.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1942/33. Alcázar y Oblester. 11 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.