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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
361761
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2053

PAGARES, INNECESARIO RECONOCIMIENTO DE FIRMA EN LOS, CONFORME A LA LEY DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2053

Precedentes

Recurso de súplica 54/33. Canalizo Luis J. 11 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Tomo CXXI, página 1988, tesis de rubro "PAGARES, NO DEBEN RATIFICARSE LAS FIRMAS.".
Registro digital (IUS): 361761